La Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2019 estima el recurso presentado por WWF por el que se elimina finalmente del Plan Hidrológico del Guadalquivir el proyecto de dragado de ensanche y profundización del río Guadalquivir por su grave afección ambiental a Doñana (1).
WWF lleva trabajando contra este proyecto más de 15 años y había denunciado que el actual Plan Hidrológico no especificaba las condiciones en las que debería realizarse el proyecto de dragado para evitar la afección al Parque Nacional de Doñana y para cumplir la Directiva Marco de Agua. Asimismo, WWF apuntaba que no es posible justificar su realización apoyándose en una evaluación ambiental realizada en 2003 y que ya “ha sido superada”.
El proyecto tuvo un dictamen motivado en contra de la Comisión Europea y de organismos internacionales como UNESCO, ante quien el propio Estado declaró que “el proyecto no podrá seguir adelante”.
La Sentencia del Tribunal Supremo ratifica los argumentos de WWF España y el valor del Dictamen de la Comisión Científica – reiterando los riesgos que ya fueron reconocidos en la Sentencia de 25 de febrero de 2015 – pues en modo alguno la Autoridad Portuaria de Sevilla ha justificado la realización de las actuaciones necesarias para mejorar la funcionalidad del estuario del Guadalquivir.
“Es el golpe definitivo para uno de los proyectos más dañinos que amenazan Doñana y sienta un precedente muy importante para la conservación de los ríos de España” ha declarado Juan Carlos del Olmo, secretario general de WWF España. “Tras más de 15 años luchando contra este proyecto injustificable, hoy es un gran día para Doñana, la naturaleza y para todas las personas que viven del rico Estuario del Guadalquivir».
Nylva Hiruelas